La convocatoria para la solicitud de inscripciones para la rehabilitación de edificios de uso residencial y de viviendas en la ciudad de Barcelona para el año 2015, ha finalizado el 31 de diciembre de 2015. La convocatoria 2016 está en fase de preparación.
El Consorci de l’Habitatge de Barcelona ha ampliado la dotación económica de la convocatoria 2015, destinando un total de 36,9 millones de euros para otorgar subvenciones para la rehabilitación del parque de viviendas de Barcelona y también para las ayudas específicas de los barrios de Canyelles i Sud-oest del Besòs.
Además incorpora una nueva línea de ayudas para subvencionar los costes de redacción de informes técnicos de los edificios (IITE).
¿Quién y dónde se pueden solicitar y tramitar las ayudas?
El presidente de la comunidad de propietarios, el administrador o propietario del edificio.
Condiciones que hay que cumplir
- Edificios anteriores a 1981, destinados mayoritariamente a vivienda.
- Acuerdo de la comunidad de propietarios.
- No iniciar las obras antes de recoger el informe técnico inicial que se entrega con posterioridad a la formalización de la solicitud.
- Aportar el comunicado de inicio de obras o licencia de obras; comenzarlas dentro de los 3 meses desde la emisión del informe técnico inicial.
Los programas y subvenciones
Se han establecido unos programas prioritarios que pueden llegar a tener una subvención de hasta el 50% (máximo 60.000€) y son los siguientes:
- Rehabilitación energética:reducción del consumo y mejora de la eficiencia energética de los edificios. Las obras que incorporen estas mejoras podrán optar a una subvención del 50%.
- Fachadas, cubiertas, medianeras y patios de luces.
- Azoteas verdes.
- Instalación de agua caliente sanitaria mediante energía solar.
- Puesta en marcha de placas solares obsoletas.
- Agua directa sanitaria.
- Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otros más eficientes.
- Accesibilidad:instalación de ascensores en edificios que no tengan y supresión de barreras arquitectónicas en escaleras y vestíbulos.
- Patologías estructurales:obras para la reparación de patologías estructurales en edificios. Sin límite de subvención.
- Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes.Las obras que no incorporen mejoras en la eficiencia energética del edificio podrán optar a una subvención del 25% (máximo 60.000 €): escaleras y vestíbulos, patios de luces, instalaciones generales comunes tales como las redes: sanitaria (renovación de bajantes), de agua corriente, eléctrica, de gas; el ordenamiento de: antenas, aparatos de aire acondicionado, etc.
Nosotros tramitamos la subvenciones por usted y la descontamos directamente de su presupuesto. Puede contactar con un asesor y le informaremos sin ningún compromiso.