En Colombia, miles de edificios residenciales de cinco pisos o menos se construyeron sin ascensor porque la norma municipal no lo exigía. Para una persona mayor o con movilidad reducida, subir a pie hasta un quinto piso es una barrera diaria. Aquí explicamos por qué ocurre, qué dice la norma, cuánto cuesta resolverlo y cómo instalar un ascensor donde nunca lo hubo.
En resumen
- En Medellín, el Decreto 1521 de 2008 solo exige ascensor en edificaciones de más de 15 metros; en la práctica, cinco pisos o menos quedan exentos. Bogotá, Cali y Barranquilla aplican criterios similares.
- No existe una ley nacional que unifique la exigencia de ascensor en vivienda; cada municipio la fija en su plan de ordenamiento territorial.
- El costo es la razón de fondo: en 2019 se estimaba que un ascensor podía representar hasta el 25 % del valor de una obra en estratos 1, 2 y 3.
- Instalar un ascensor en un edificio ya construido es posible: se aprovecha el hueco de la escalera, un patio o la fachada, con equipos a medida desde 60 cm de ancho.
Por qué hay tantos edificios sin ascensor en Colombia
La normativa de Medellín, según el Decreto 1521 de 2008, permite que los edificios residenciales de cinco pisos o menos no cuenten con ascensor. No hay una ley del orden nacional que agrupe las disposiciones de cada municipio: los planes de ordenamiento territorial toman como referencia el Decreto 20 de 1995, que fijó cinco niveles o 15 metros de altura como umbral para exigir elevadores en Bogotá.
Lo mismo sucede en Cali, Barranquilla y otras capitales, sin una explicación técnica de esos parámetros, según Gustavo Gómez, profesor de la Escuela de Construcción de la Universidad Nacional, sede Medellín.
El costo, la razón de fondo
“Eso obedece a una relación costo-beneficio, porque no todos los proyectos pueden invertir en un ascensor. Son normas arbitrarias que no tienen una lógica de altura”, explica Gómez. Influye además el precio de importación: los aranceles pueden llegar al 120 % y en Colombia solo hay tres marcas reconocidas que fabrican en el país. “En proyectos para estratos 1, 2 y 3, instalar un ascensor puede representar hasta el 25 % del total de la obra”, subraya.
Luis Fernando Gaviria, arquitecto de la constructora Coninsa Ramón H., añade que al costo de instalación se suman el mantenimiento y la adecuación de las redes eléctricas, lo que encarece la cuota de administración en estratos bajos.
Lo que dice el POT de Medellín y el vacío legal
“Toda edificación que cuente con más de quince metros de altura estará dotada del servicio de ascensor”, reza el Decreto 1521 de 2008. Como un piso mide en promedio tres metros, las unidades de cinco pisos o menos quedan sin obligación, explica Andrés Felipe Aguilar, docente de Derecho Civil de la Universidad de Medellín: “No hay legislación que proteja a la población con movilidad reducida o a los adultos mayores”.
El profesor Gómez recuerda que la Ley 361 de 1997 sí obliga a que los edificios públicos de dos o más pisos cuenten con elevador. Para Berny Bluman, director de Colombia Accesible, la salida al vacío legal es una ley que reemplace los decretos existentes y tenga en cuenta a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En España, por contraste, el Real Decreto Legislativo 1/2013 obliga a las comunidades a estudiar la instalación cuando un propietario la solicita.
Vivir sin ascensor: lo que cuentan los vecinos
En Belén La Mota, Medellín, vive Víctor Manuel Álvarez, de 67 años. Subir el mercado hasta el quinto piso ya es un esfuerzo, y cuando operaron a su hija tuvieron que llevarla al apartamento sentada en un taburete. Su esposa, María Cecilia Correa, pagaría más de los $190.000 de administración con tal de no subir a pie.
Las cifras de 2019 dimensionan el problema: un ascensor para cinco pisos costaba en promedio $80 millones, unos $5.300.000 por apartamento, y la administración subiría cerca de $50.000 mensuales por mantenimiento. El obstáculo suele estar en la asamblea, donde los dueños de los primeros pisos se oponen.

Paula Restrepo, mamá de Thomás, un niño de 12 años con atrofia muscular espinal que usa silla de ruedas, necesita la mayor accesibilidad posible; tras quedarse con los dos ascensores dañados en un piso 21, se mudó a un segundo piso. Con la norma actual, quien tiene limitaciones físicas termina comprando en primeros pisos o en unidades con elevador.
Qué implica en Colombia: instalar un ascensor en un edificio ya construido
Un edificio viejo sin ascensor sí puede tenerlo. Hace falta un estudio técnico para definir dónde ubicarlo: el hueco de la escalera, un patio de luces o la fachada exterior. En Ascensores Balaguer somos especialistas en espacios reducidos y fabricamos a medida: instalamos ascensores desde 60 cm de ancho y 1 m de profundidad, con sobrerrecorrido mínimo de 2,45 m entre la última planta y el techo y fosos desde 20 cm.
Todas nuestras instalaciones incluyen sistema Opentur, detector sísmico, limitador de velocidad y paracaídas, y los equipos cumplen la Norma Técnica Colombiana NTC 5926-1, con certificación de organismo acreditado. Si el edificio necesita reforzar la estructura o intervenir la fachada, la rehabilitación de edificios se hace con personal propio, lo que acorta plazos y reduce molestias a los ocupantes.

Si el presupuesto o el espacio no alcanzan para un ascensor convencional, una plataforma elevadora o una media cabina resuelven dos o tres paradas con menos obra. En esta guía sobre instalación de ascensores en edificios antiguos explicamos las alternativas.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio tener ascensor en un edificio de cinco pisos en Colombia?
Depende del municipio. En Medellín, el Decreto 1521 de 2008 exige ascensor solo a partir de 15 metros de altura, y Bogotá, Cali y Barranquilla aplican umbrales similares. Por eso la mayoría de los edificios de cinco pisos o menos se construyeron sin él.
¿Se puede instalar un ascensor en un edificio viejo que no lo tiene?
Sí. Un estudio técnico define si va en el hueco de la escalera, en un patio interior o por la fachada. Existen ascensores desde 60 cm de ancho con foso mínimo, y plataformas o medias cabinas para pocas paradas. La decisión se aprueba en la asamblea de copropietarios.
¿Cuánto cuesta poner ascensor en un edificio de cinco pisos?
Las cifras citadas en 2019 para Medellín rondaban los $80 millones por equipo, unos $5.300.000 por apartamento, más unos $50.000 mensuales de mantenimiento por hogar. El valor real depende de las paradas, el espacio y la obra civil; conviene pedir presupuesto con visita técnica.
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