Subvenciones
En Ascensors Balaguer queremos ayudar a nuestros clientes en todo lo que podamos. Es por eso que no queremos que tengan que preocuparse por el presupuesto a la hora de instalar un ascensor. Ya sea por comodidad o necesidad, creemos que todas las personas que deseen instalar un ascensor en su edificio deberían poder hacerlo.
Por lo general, el Ayuntamiento de Barcelona ofrece todos los años subvenciones a sociedades o particulares que desarrollen sus actividades en Barcelona. Entre otros propósitos, la finalidad de estas subvenciones es promover y mejorar la cohesión social y promover un desarrollo sostenible de la ciudad. Dentro de estos objetivos quedan comprendidos los edificios sin ascensor que reúnan las características exigidas por el Ayuntamiento para calificar para la subvención. Esta es una gran ayuda por parte de la municipalidad, sobre la cual es importante estar informado.
Les ofrecemos a nuestros clientes ayuda con la tramitación de las subvenciones. En 2014 tramitamos más de 50 subvenciones para nuestros clientes, y en 2015 estamos preparados para tramitar incluso más. Para saber cómo tener acceso a las subvenciones del Ayuntamiento y a nuestro servicio de tramitación, consulte la información que figura a continuación:
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA – SUBVENCIONES EDIFICIOS SIN ASCENSOR
Debido a la gran cantidad de solicitudes presentadas en 2014, el Ayuntamiento ha prorrogado para el año 2015 las ayudas económicas para la rehabilitación de edificios. Esta nueva convocatoria incorpora novedades tales como la simplificación de los trámites o el aumento de porcentajes de la subvenciones, y quedan contempladas en ella todas las obras de rehabilitación que afecten el edificio.
Cómo iniciar el trámite
Tanto el presidente de la comunidad de propietarios, como el administrador o el propietario del edificio pueden iniciar el trámite en las Oficinas de la Vivienda de Barcelona. Allí recibirán asesoramiento sobre cómo realizar la solicitud. Los profesionales pueden dirigirse directamente al Institut Municipal del Paisatge Urbà i la Qualitat de Vida.
Requisitos para calificar
El Ayuntamiento establece una serie de condiciones que deben reunirse para poder tener acceso a una subvención. Estas son las siguientes:
• Los edificios deben haber sido construidos antes de 1981, y deben estar destinados principalmente a vivienda.
• Debe estar de acuerdo la comunidad de propietarios, en caso de tratarse de una comunidad.
• No se deben haber iniciado las obras antes de recibir el informe técnico inicial que se entrega después de la formalización de la solicitud.
• Debe presentarse el comunicado de inicio de obras o licencia de obras, y comenzarlas dentro de los 3 meses desde la emisión del informe técnico inicial.
En qué consiste el programa de subvenciones
El Ayuntamiento ha establecido unos programas prioritarios que pueden llegar a tener una subvención de hasta el 50 % (máximo de 60.000€). A continuación, figuran los principales programas:
• Rehabilitación energética: Programas para obras que buscan lograr la reducción del consumo y la mejora de la eficiencia energética de los edificios. Las obras que incorporen estas mejoras podrán optar a una subvención del 50 %. Algunas de las obras posibles son:
o Fachadas, cubiertas, medianeras y patios de luces.
o Azoteas verdes.
o Instalación de agua caliente sanitaria mediante energía solar.
o Puesta en marcha de placas solares obsoletas.
o Agua directa sanitaria.
o Centralización de instalaciones y sustitución de servicios de suministro por otros más eficientes.
• Accesibilidad: Obras con el objetivo de instalar ascensores en edificios que no los tengan y suprimir barreras arquitectónicas en escaleras y vestíbulos.
El importe subvencionado será, como máximo, de € 45.000 por ascensor. En el caso que se hagan simultáneamente obras para conseguir un itinerario practicable*, la ayuda máxima será la más favorable entre el límite de € 45.000 por ascensor o € 6.000 por vivienda.
Los solicitantes que lo deseen se podrán beneficiar de condiciones especiales de financiación de acuerdo con los convenios suscritos entre el Ayuntamiento y los gremios y asociaciones de instaladores y constructores. Estos se harán cargo de la financiación del importe de la subvención.
Para aquellas personas con ingresos familiares inferiores a dos veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) que vivan en el edificio donde se quiere instalar el ascensor y no dispongan de ninguna otra vivienda en Barcelona, el Ayuntamiento les facilitará una ayuda complementaria que puede llegar a cubrir hasta el 100 % de la cuota que les corresponda aportar. Esta ayuda se deberá devolver en caso de transmisión de la vivienda.
*Itinerario Practicable: recorrido accesible para personas con movilidad reducida de acuerdo con el código de accesibilidad de Cataluña aprobado por decreto 135/1995.
• Rehabilitación arquitectónica de elementos comunes. Las obras que no incorporen mejoras en la eficiencia energética del edificio podrán optar a una subvención del 25 % (máximo 60.000 €). Estas obras incluyen escaleras y vestíbulos, patios de luces, instalaciones generales comunes, tales como las redes sanitarias (renovación de bajantes), de agua corriente, eléctrica, de gas, y el ordenamiento de antenas, aparatos de aire acondicionado, etc.
• Patologías estructurales: obras para la reparación de patologías estructurales en edificios. Sin límite de subvención.
IMPORTANTE: Las ayudas son aplicables en toda la ciudad, pero hay zonas urbanas y barrios concretos que, por sus características requieren una atención especial y por lo tanto tienen unas ayudas específicas o más elevadas.
La Oficina de la Vivienda de su distrito tiene a su disposición personal especializado que puede resolver sus preguntas y le asesorará en el proceso de solicitud y trámite de las ayudas a la rehabilitación.
Asesoramiento legal para la obtención de subvenciones
Si tiene dudas con respecto a si califica para la obtención de una subvención municipal o si necesita consejo profesional para realizar el trámite de solicitud de subvenciones, tiene a disposición nuestro departamento legal para resolver cualquier pregunta que surja. Nuestro equipo de expertos abogados y técnicos están disponibles para brindarle el asesoramiento que necesite:
• Asesoramiento legal. Le facilitamos información sobre la normativa aplicable con respecto a las mayorías necesarias para instalar un ascensor en una comunidad. En caso de no alcanzar las mayorías necesarias, lo asesoramos para llegar a un acuerdo negociado con la comunidad.
• Asesoramiento técnico. Le brindamos información sobre los requisitos básicos para la instalación del ascensor. Analizamos las problemáticas técnicas que se presenten, como la falta de espacio físico, y ofrecemos soluciones de todo tipo, como la instalación del ascensor en el exterior.
Requisitos que se deben cumplir para calificar:
Las ayudas están destinadas a los edificios que cumplan los siguientes requisitos:
• Que el edificio esté destinado a vivienda.
• No tener ascensor ni haber iniciado las obras de instalación.
• Tener la licencia de obras correspondiente.
• Que el edificio no tenga patologías estructurales.
• Que no se trate de una promoción inmobiliaria.
Nosotros nos encargamos de todo
En Ascensors Balaguer nos ofrecemos a ayudarlo con los trámites pertinentes a la solicitud de estas subvenciones. En 2014 tramitamos más de 50 solicitudes de subvención para nuestros clientes.
Si desea aprovechar este servicio, simplemente comuníquese con nosotros y uno de nuestros representantes lo visitará en su domicilio sin compromiso, para contarle paso a paso en qué consiste el trámite. Luego, nos encargamos de realizar todas las tareas pertinentes a la solicitud de estas subvenciones. Entre estas tareas se encuentran la redacción de la documentación necesaria, la compleción de la solicitud y la presentación de esta conforme a las indicaciones de la convocatoria del año correspondiente. Usted podrá obtener esta importante ayuda sin necesidad de ocuparse de nada.
IMPORTANTE: En caso de obtener la subvención, el costo del trabajo de instalación se descontará directamente de su presupuesto. Por ejemplo, si la instalación de un ascensor tiene un costo de 100.000 euros y le conseguimos una subvención por 40.000 euros, usted o la comunidad solo deberán pagar 60.000 euros.